miércoles, 15 de septiembre de 2010

Código de convivencia 2010

La Comunidad del CENS N°20 está formada por estudiantes, administrativos y directivos, quienes construyen diariamente este espacio de enseñar y aprender alrededor de una práctica educativa sobre la base de la responsabilidad, el compromiso y el respeto mutuo.
Acordamos en que estos valores son básicos para el estudiante adulto que concurre al CENS para su formación. El propósito es que egresen personas con capacidad de tomar decisiones responsables, con pensamiento independiente y que ejerzan una ciudadanía comprometida con conductas autónomas.
El presente código de convivencia no es más que un conjunto de normas que conforman un marco para el adecuado desarrollo de las actividades de la institución, posibilitando el trabajo en un ámbito armónico.
a) Se establece como horario de comienzo de la primera hora cátedra el de las 08:15. Para ello los alumnos y los profesores establecen un acuerdo de comienzo explicitado el primer día de clase y corroborado con la toma de asistencia en el horario acordado.
b) La puerta del edificio permanecerá abierta sólo en los momentos previos al horario de comienzo de la actividad y en la pausa (10:15 a 10:40). la escuela deberá desocuparse a las 12:15.
c) Respetar a cada uno de los miembros de la comunidad educativa, cuidando la privacidad de los asuntos personales, no ofendiendo, insultando, marginando, ni desvalorizando a nadie.
d) No hacer uso de ningún tipo de violencia, ya sea verbal o física.
e) Tener en cuenta, en el trato diario, la diferencia generacional que existe entre los alumnos y respetar los tiempos de aprendizajes que necesita cada alumno.
f) Todos los miembros de la comunidad educativa se comprometen a mantener y mejorar las condiciones de higiene, como así también las de integridad del edificio y equipamiento que se utilice (baños, aulas, TV, grabador, video, etc.)
g)Se reconoce a los alumnos el derecho de conocer cual es el plan de trabajo y los criterios empleados por cada uno de los docentes, para realizar la evaluación de su desempeño y del grado de aprendizaje logrado.
h) Se reconoce a los docentes el derecho a realizar su tarea sin obstáculos, lo que implica de parte de los alumnos satisfacer las necesidades de puntualidad, atención necesaria y compromiso con las actividades requeridas (materiales encargados, tareas solicitadas, etc)
i) Respetar los horarios de salida y entrada de cada clase. Si un alumno se retira antes de que finalice la hora de clase, que sea con el consentimiento del profesor.
j) Se establece la circulación entre los pisos a través del patio de entrada y la escalera exterior de comunicación entre ellos.
k) Solamente pueden ser utilizados por los alumnos los baños ubicados en el primer piso, se accede a ellos por la escalera exterior.
l) Mantener los celulares apagados o en vibrador en hora de clase
m) Se prohíbe el uso de MP3 y/o cualquier otro aparato que se pueda utilizar para escuchar música en hora de clase.
n) Por Ley antitabaco N° 1799 NO ESTÁ PERMITIDO FUMAR EN TODO EL ÁMBITO DE LA ESCUELA
ñ)Se prohíbe permanecer en la escuela bajo los efectos de haber consumido alcohol o cualquier otra droga.
o) Se prohíbe el ingreso y la permanencia de cualquier persona ajena al establecimiento, sobre todo de niñas o niños. Salvo autorización expresa de la Dirección.
p) Los alumnos podrán tomar su colación de media mañana, usando todos los espacios de la escuela
En caso de situaciones conflictivas se apelara al diálogo, al reconocimiento del error y al sincero pedido de disculpas como mecanismo más idóneo en su resolución. Cuando haya incumplimiento de normas o cualquier acto que ponga en riesgo la integridad de los bienes o impida el normal desarrollo de las actividades institucionales se aplicarán las sanciones establecidas en el Capítulo II de la LEY N° 223 ( a) Apercibimiento oral, b) Apercibimiento escrito, c)Realización de acciones reparatorias, d) Cambio de división, e) Cambio de curso y f) Separación del establecimiento) en caso de los alumnos y las establecidas en el Estatuto del Docente, en caso de Profesores o Directivos.
Estas normas de convivencia tendrán vigencias hasta que el Consejo de CENS, reunido, crea conveniente modificarlo.
El Consejo de CENS garantizará el conocimiento del presente Código por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

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